El Tribunal Supremo falla que el sector del juego y las apuestas no recibió un trato desigual en la fase 2 de la desescalada en la pandemia de Covid-19 al reiniciar su actividad con un retraso de varias semanas en comparación con otras actividades equiparables, como el comercio minorista, la hostelería y la restauración.
La sentencia, dictada el 1 de febrero por la Sala de lo Contencioso-Administrativo, afirma que no se ha vulnerado el principio de igualdad ya que no es posible hablar de existencia de arbitrariedad normativa.
Pues, a juicio de los magistrados, no existe un término válido de comparación, ni de arbitrariedad alguna por incluir al comercio minorista, la hostelería y la restauración y no incluir entre los que podían proceder a su reapertura al público al sector del juego privado, “ya que los salones de juego son establecimientos sujetos a normativa propia, estatal y autonómica, en los que la regulación vigente autoriza un servicio de bar o la posibilidad de fumar con horarios que no responden a los de la hostelería, la restauración o el comercio minorista”.
De esta manera, el Supremo no considera contrario al ordenamiento jurídico que los locales de juego privados no pudieran reanudar su actividad hasta más tarde, en concreto, con una diferencia de un mínimo 79 días y un máximo de 99 días. economistjurist